¿Puedo cobrar el paro si he trabajado este verano?

cobrar el paro

Las colas del paro suelen volver en septiembre (iStock)

 

Para muchos, por desgracia, el final del verano supone también el final de su contrato de trabajo temporal, sobre todo en el caso de los empleos relacionados con el turismo y la hostelería, así que es momento de retomar la búsqueda de trabajo. Eso sí, recuerda que puedes apoyarte tanto en las ofertas de trabajo que puedes consultar en www.oficinaempleo.com como en los consejos sobre empleo y formación de nuestro blog de Oficina Empleo.

Si has trabajado este verano y tu contrato ha finalizado o está cerca de terminar, es lógico que te preguntes si tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo. Es decir, lo que popularmente se conoce como cobrar el paro. La respuesta a esa pregunta varía en función del tiempo que hayamos cotizado.

Si sólo hemos trabajado en los meses de verano y no hemos cotizado anteriormente, no tenemos derecho a cobrar el paro como tal porque el período mínimo de cotización para recibir una prestación por desempleo es de 360 días trabajados en un intervalo de 6 años. Si se trata de tu primer empleo y has empezado a trabajar en los meses de verano o incluso antes, ya sea desde la primavera o desde el inicio del año, no puedes recibir una prestación por desempleo.

Pero, aunque no tengas derecho a cobrar la prestación por desempleo, en algunos casos sí puedes beneficiarte de un subsidio por desempleo. Para optar a esta ayuda es necesario haber cotizado durante al menos 6 meses si no se tienen responsabilidades familiares. En ese caso no podrías optar al subsidio por desempleo si únicamente has trabajado en los meses de verano, pero sí tendrías derecho a percibir la ayuda si demuestras que tienes responsabilidades familiares. Para estos casos, el período mínimo de cotización se reduce a los tres meses, a los que llegarías si has trabajado en los tres meses de verano o incluso desde antes.

Además de haber cotizado ese período mínimo de 6 meses, si no tienes responsabilidades familiares (una expresión más afortunada que la de “cargas familiares”), o un mínimo de 3 meses si las tienes, para tener derecho al subsidio por desempleo es necesario no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional y estar inscrito como demandante de empleo con el correspondiente compromiso de actividad.

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Comentarios
  1. laura
    • Oficina Empleo

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