Cómo solicitar la ayuda de los 400 euros

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado ya el documento que informa sobre la forma y plazos para que los parados que hayan agotado la prestación puedan solicitar la ayuda de los 400 euros.

Advertir de que para poder solicitar la misma, deben estar inscritos como demandantes de empleo y haber agotado la prestación durante el periodo que abarca 16 de agosto hasta el 15 de febrero de 2012.
Esta cuantía mensual equivaldrá al 75 % del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM) vigente en cada momento, que ahora es de 532,51 euros, durante un máximo de seis meses.

La ayuda será compatible con cualquier otro tipo de renta mínima o salario social, siempre que el importe de éstas sumado a los 400 euros no supere mensualmente el 75 % del salario mínimo interprofesional, (641,4 euros al mes en 2011) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Si se supera ese límite el importe de la ayuda se minorará hasta que el conjunto de rentas que percibe el solicitante no lo supere.
Los 400 euros serán compatibles con las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por asistencia a acciones de formación para el empleo e incompatibles con el trabajo por cuenta propia o ajena.
Para poder solicitar la ayuda, el desempleado, además de estar inscrito como demandante de empleo, aportar la documentación requerida y comunicar a los servicios públicos la percepción de rentas si las hubiera, debe participar en un itinerario individualizado de inserción.
También se comprometerá a participar en las acciones de políticas activas y de búsqueda de empleo que les propongan los Servicios Públicos de Empleo y aceptar la colocación adecuada que se le ofrezca.

Si el demandante no participa en dichos itinerarios se le descontarán las cantidades que correspondan por los días que no lo haga, excepto el supuesto de maternidad o paternidad.

La primera nómina del programa se comenzará a elaborar el 5 de octubre y el pago se hará mediante transferencia bancaria.
No podrán solicitar la ayuda quienes hubieran percibido la prestación extraordinaria del PRODI (programa que contemplaba la ayuda de 420 euros), los beneficiarios anteriores de la ayuda de 400 euros, quienes hayan agotado o tengan derecho a la renta activa de inserción o que hayan agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo dentro del régimen especial agrario.

El BOE también ha publicado el formulario de solicitud de la ayuda.

Sigue nuestro canal de Telegram
Comentarios
  1. Pedro Fernandez Rivero
  2. monica
  3. nicolas
  4. rebeca
  5. rebeca
    • Sandra
  6. Jennifer
    • irene
  7. Cristina
  8. Cristina
  9. Yolanda ISPIERTO Blázquez
  10. Manuel
  11. Francisca Castillo Giménez
  12. Francisca Castillo Giménez
  13. Maria Cabañero Melgoso
  14. Victoria
  15. Alicia
  16. paz furiol
  17. Davinia
    • Oficina Empleo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *