Moroso. Ismagilov (iStock)
Antes de poder ir a los tribunales, no hay que cerrar la puerta al diálogo con tu deudor. Se habla con él, se le trata de entender (a lo mejor tiene problemas que impiden que pague) e incluso se le puede ofrecer la opción de que lo pague con facilidades. De todas formas, es posible que quien no quiera dialogar sea el propio deudor e incluso no te coja ni el teléfono.
Según la Guía Práctica sobre el Procedimiento Monitorio de Consejo General del Poder Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé la posibilidad de reclamar, sin necesidad de abogado/a y procurador/a, a través del Proceso Monitorio, el pago de deudas dinerarias de cualquier importe, siempre que se reúnan los requisitos legalmente previstos y se disponga de los documentos acreditativos que exige este tipo de procedimiento.
Se ha de presentar por escrito una petición inicial, pudiendo utilizar al efecto los impresos o formularios normalizados que se encuentran en los Juzgados o en la página Web del Consejo General del Poder Judicial. En esa petición se han de incluir todos los datos personales, los de la persona o entidad deudora que se conozcan, los hechos que han originado la deuda y la cuantía que se reclama.
La petición inicial de Proceso Monitorio deberá presentarla en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia de la persona deudora o, si no se conociera, en el del lugar donde pudiera ser localizada a efectos del requerimiento.
Si se desea, también se puede llevar la reclamación a través de un abogado, es decir, judicializar la deuda. Seguro que se trata de un proceso más complejo y posiblemente más caro pero en ocasiones no queda más remedio.
Antes de cualquier movimiento jurídico, hay quien prefiere llevar a cabo medidas de presión como por ejemplo el archiconocido ‘cobrador del frac’ o empresas similares. Se trata de someter al deudor a escarnio público mediante el seguimiento constante de alguien disfrazado, para que todo el mundo sepa que esa persona no paga sus deudas. Parece una práctica cercana ya al chantaje pero hay quien prefiere esta solución, aunque también implique un gasto económico.
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Cobrar deudas es una cuestión de insistencia y táctica (el problema es si la parte contraria carece de patrimonio por el momento, -lo que no hace que deje de deber cuando supere el bache-) En caso de que los tratos con el deudor se conviertan en un círculo vicioso o ni siquiera responda a los intentos de contacto, lo mejor es ponerse en manos de profesionales. Cordial saludo
Buenos días, sólo tiene que seguir los pasos indicados en el artículo para acceder a la oferta. Un saludo, Oficina Empleo.