Medidas contra el empleo sumergido

El Congreso toma medidas contra el empleo sumergido con un decreto ley que endurecerá las sanciones a las empresas que no legalicen de forma voluntaria a sus empleados. Ejemplo de ello son las posibles multas a las empresas, las cuales pueden llegar a multiplicarse por cinco en algunos casos.

La primera fase de actuación de este decreto ley respecto a las medidas contra el empleo sumergido, finaliza el 31 de julio. Esta fase permite a los empresarios regularizar a sus trabajadores irregulares de forma voluntaria.

El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, no quiso hacer un balance de posibles resultados de esta fase. Expresó que prefería esperar al día 31 de julio, aunque apuntó que era en la subcontratación donde se concentraba más empleo irregular. Sí quiso matizar que a partir de esa fecha se intensificarían los controles y que tanto la plantilla de los inspectores, como sus actuaciones, se incrementarían un 10%.

Desde el 1 de agosto, es decir en la segunda fase, las multas para las empresas que no den de alta a sus trabajadores registrarán un aumento notable. La sanción mínima se multiplicará casi por cinco y pasará de 626 a 3.126 euros, y la máxima de 6.200 a casi 10.000. Por su parte, los trabajadores que compatibilicen el cobro de la prestación por desempleo con trabajos sumergidos tendrán que pagar una multa mínima de 10.000 euros. Hasta ahora era de 6.251 euros. La máxima no variará y se mantendrá en los 187.000 euros.

Esta junto con otras acciones pretende acabar o por lo menos disminuir el empleo sumergido dando un margen a las empresas y trabajadores para salir de esta situación y legalizar todas sus acciones.

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