Descripción de la oferta
Oposiciones > Galicia > Xuntade Galicia > C2Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo de la oposición de Auxiliar Archivos, Bibliotecas Xunta de Galicia los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:- Poseer o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite. Para titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.- Edad: no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.- Pertenecer como personal funcionario de carrera a la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.- Queda expresamente excluido el personal laboral indefinido no fijo.- Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario en el cuerpo de la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. Quedarán exentos del cumplimiento de este requisito, las personas aspirantes que hayan adquirido la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo de la actual agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a consecuencia de la superación de algunos de los procesos de funcionarización convocados al amparo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, siempre que tenga una antigüedad mínima de dos años en la categoría profesional tenida en cuenta en el proceso de funcionarización.- No se computarán en ningún caso los servicios prestados con la condición de personal laboral indefinido no fijo.- Capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.- Habilitación: no haber sido separada/o, ni despedida/o, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del que la persona fue separada o inhabilitada.- No podrán participar en el proceso selectivo el personal funcionario de carrera que ya pertenece a la especialidad objeto de esta convocatoria.Acceso libre:- Edad: haber cumplidos los dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.- Nacionalidad: a) Tener la nacionalidad española. b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de personas trabajadoras. d) También podrán participar, cualquier que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y las/los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.- Capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.- Habilitación: no haber sido separada/o, ni despedida/o, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada. En el supuesto de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitada/o o en situación equivalente, ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.- Además de los requisitos anteriores, las personas aspirantes que se presenten por la cuota de reserva de discapacidad tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, en la fecha de publicación de la presente convocatoria.- No podrán participar en el proceso selectivo el personal funcionario de carrera que ya pertenece a la especialidad objeto de esta convocatoria.1. La Constitución española de 1978: títulos preliminar, I, II y VIII.2. Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía de Galicia: títulos preliminar, I y II. Competencias: exclusivas, desarrollo legislativo y ejecución.3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: títulos preliminar, I, II, III, IV y V.4. Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar, títuloI: capítulos I, II, IV y V, y título II: secciones 1, 2 y 3 del capítulo I.5. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: títulos I, III, IV y V.6. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: título preliminar, título I: capítulos I y II.7. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar; capítulo V, sección 1ª,y capítulo VIII del título I y título II.8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: capítulos I, II y III.1. Normativa sobre bibliotecas, libro y patrimonio bibliográfico. Organización bibliotecaria gallega y española. El Mapa de bibliotecas públicas de Galicia. La Red de bibliotecas públicas de Galicia.2. Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y sus funciones: especial referencia a Galicia. Bibliotecas digitales. La función social de las bibliotecas.3. El proceso técnico en las bibliotecas. Los catálogos y los instrumentos de descripción. La clasificación decimal universal y los encabezamientos de materia. Ordenación y conservación de fondos.4. Servicios presenciales y virtuales en las bibliotecas. La información y atención al público.La referencia. El préstamo. La plataforma de préstamo electrónico GaliciaLe. Dinamización lectora.5. Las bibliotecas públicas: colección y espacios. Las secciones especiales: hemeroteca, comicteca, materiales audiovisuales y digitales, fondo local. El área infantil y juvenil en las bibliotecas públicas: recursos, espacios, servicios y actividades. La atención a la diversidad.6. Concepto de archivo: definición. Función. Tipos de archivo. El archivo electrónico. Concepto y características. El sistema de archivos de Galicia.7. Formas ordinarias y extraordinarias de ingreso y salida de documentos. Las transferencias. El préstamo de documentos.8. El edificio de archivo. Áreas y circuitos. Instalaciones, equipamiento y mobiliario. Causas y factores de degradación de los documentos. Medidas de conservación preventiva. La instalación de los documentos.9. Los archivos como sistemas de información. La descripción archivística. Los portales de difusión. La acción y dinamización cultural en los archivos. El acceso a los documentos y a los archivos. Derecho a la intimidad y derecho a la protección de los datos personales. Aspectos legales.10. Normativa de ámbito autonómico sobre archivos y patrimonio documental.#J-18808-Ljbffr